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DIRECCION : Certificación AOC

Se les informa, que en conformidad a lo establecido por la DAN 119, los operadores que deseen realizar trabajos aéreos con RPA/Drones, deberán contar con un Certificado de Operador Aéreo (AOC). Por tanto, quienes deseen realizar trabajos aéreos tales como fotografía, fumigación u otro señalados en la DAN 137 “Trabajos Aéreos”, deberían conformarse como empresa aérea.

Debido a esta exigencia normativa, la DGAC suspende la entrega de autorizaciones de operación caso a caso para aquellas empresas (personas o entidades) que deseen realizar trabajos aéreos y no cuenten con AOC. 

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